La persona debe obedecer siempre al juicio cierto de la propia conciencia, la cual, sin embargo, puede también emitir juicios erróneos, por causas no siempre exentas de culpabilidad personal. Con todo, no es imputable a la persona el mal cometido por ignorancia involuntaria, aunque siga siendo objetivamente un mal. Es necesario, por tanto, esforzarse para corregir la conciencia moral de sus errores.
1790-1794 1801-1802